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2024-07-11

Estado límite al levantamiento

El cálculo de la estabilidad frente al levantamiento se debe realizar según EN 1997-1 [1] 2.4.7.4 de tal manera que el valor de cálculo de la combinación de acciones desestabilizadoras verticales permanentes y variablesVdst; d es menor o igual que la suma del valor de cálculo de las acciones verticales permanentes estabilizadorasGstb;d y el valor de cálculo de cualquier resistencia adicional Rd contra el levantamiento.


Referencias
  1. Comité Europeo de Normalización (CEN). (2014). Eurocódigo 7: Entwurf, Berechnung und Bemessung in der Geotechnik - Teil 1: Allgemeine Regeln; DIN EN 1997-1:2014-03